REFORMAS DEL TRABAJO AUTÓNOMO
La Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, publicada en BOE nº 257 de 25 de octubre, aprueba e introduce importantes y diversas modificaciones en relación al Régimen de Autónomos. Las principales novedades que introduce son las siguientes:
Seguridad Social de los trabajadores autónomos
- Posibilidad de compatibilizar la realización de trabajos por cuenta propia con la percepción de una pensión de jubilación contributiva (al 50 %).
- Inclusión del concepto de accidente in itinere para los autónomos.
- Bonificación por la contratación de familiares del trabajador autónomo.
- Día de efectos de las altas, bajas y variaciones de datos desde el momento en que concurran (no día primero del mes natural).
- Posibilidad de cambiar la base de cotización hasta cuatro veces al año.
- Domiciliación obligatoria del pago de cuotas.
- Posibilidad de contratar a los hijos del trabajador autónomo.
A nivel de cotización a la Seguridad Social:
- Reducción de los recargos por ingreso fuera de plazo (que afecta tanto a las empresas como a los trabajadores autónomos).
- Cotización en supuestos de pluriactividad (actualización de la reforma introducida por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización).
En materia de bonificaciones a la Seguridad Social y conciliación de la vida familiar y laboral
- Ampliación de la cuota reducida de 50 euros (tarifa plana) para los nuevos autónomos hasta los 12 meses, en lugar de los 6 actuales.
- Tarifa plana de 50 euros para personas con discapacidad, víctimas de violencia de género y víctimas del terrorismo que emprendan o reemprendan una actividad por cuenta propia.
- Bonificación especial para trabajadores autónomos menores de 30 años o 35 en caso de mujeres, que emprendan o reemprendan.
- Bonificación a los trabajadores autónomos por conciliación de la vida profesional y familiar vinculada a la contratación.
- Bonificaciones a los trabajadores autónomos durante el descanso por maternidad, paternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
- Bonificaciones a las trabajadoras autónomas que se reincorporen a su trabajo después de la maternidad.
Deducciones IRPF
- Deducibilidad en el IRPF de los gastos relacionados con automóviles parcialmente afectos a una actividad económica y con los suministros de agua y electricidad de contribuyentes que realicen una actividad económica sin local afecto, a regular reglamentariamente (empresarios y profesionales en estimación directa simplificada).