EPITRIX

La Consejería de Agricultura ha publicado una Orden por la que se regulan las indemnizaciones derivadas de las medidas fitosanitarias obligatorias adoptadas para la prevención y lucha contra el organismo nocivo Epitrix spp., en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La presente Orden tiene como objeto establecer las indemnizaciones que se produzcan como consecuencia de la destrucción del cultivo y tubérculos de patata como consecuencia de la aplicación de medidas fitosanitarias obligatorias dictadas para la prevención y lucha contra el organismo nocivo Epitrix spp., que se calcularán mediante los baremos previstos en la presente orden.

Lo dispuesto en la presente orden será de aplicación a las explotaciones de producción agrícola primaria dedicadas al cultivo de patata incluidas en las zonas demarcadas establecidas en el período 2015/2017, así como las que pudieran establecerse en adelante para el organismo nocivo Epitrix spp.

Una vez ejecutadas las medidas fitosanitarias obligatorias, las personas o entidades interesadas podrán presentar una solicitud de indemnización por la aplicación de dichas medidas, conforme al modelo Anexo II de la presente orden.

El plazo de presentación de la solicitud será de 1 año contado a partir de la fecha de ejecución de las medidas fitosanitarias obligatorias por destrucción.

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