PROYECTO DE ORDEN: AYUDAS A LA TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTOS

En el BOJA número 169 del 3 de septiembre de 2019 se ha publicado desde la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera la Orden por la que se somete a información pública  las bases reguladoras de concesión de ayudas dirigidas a la transferencia de conocimientos e información a agricultores y ganaderos  en régimen de concurrencia competitiva.

Tal y como ya se señala en esta Orden, las ayudas se conceden a acciones de transferencia de conocimientos e información relevantes para el sector agrario a través de la celebración de certámenes agroganaderos, jornadas y planes de difusión de información, haciendo que la transferencia de los resultados sea más ágil, dirigiéndose directamente al sector agrario y agroalimentario.

De acuerdo con lo anterior, a fin de obtener una mayor eficacia en la consecución de la finalidad y objetivos perseguidos con estas ayudas, se hace necesario modificar los cuadros resumen de las ayudas dirigidas a la organización de certámenes aprobados en la citada Orden. Así se suprimen los requisitos relacionados con los asistentes a las jornadas técnicas que se deben celebrar de forma conjunta al certamen, al entender que no están relacionados directamente con los beneficiarios de estas ayudas. Como consecuencia de este cambio, se ha modificado el documento de criterios de selección de operaciones del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, por lo que procede adaptar los criterios de valoración recogidos en los cuadros resumen de estas ayudas a la nueva versión del citado documento.

Igualmente, dentro del proceso de simplificación administrativa, se simplifica la documentación justificativa del cumplimiento de ciertos requisitos y compromisos, así como la cuenta justificativa del gasto incurrido.

Asimismo se suprimen ciertos incrementos de ayuda asociados a la orientación productiva de los expositores del certamen, dado que su cumplimiento no puede quedar garantizado por los organizadores del certamen, beneficiarios de estas ayudas, en el momento de presentar su solicitud.

También se simplifica la redacción de ciertos apartados, suprimiendo reiteraciones, al objeto de facilitar la comprensión de lo dispuesto en ellos por parte de la ciudadanía. En este sentido, se modifica la redacción de los apartados 21 y 27 del cuadro resumen, relativos con la modificación de la resolución de concesión y reintegro de la ayuda respectivamente.

Las alegaciones se podrán hacer de dos formas:

  • En formato digital y abierto en la dirección de correo electrónico: capder@juntadeandalucia.es.
  • En formato papel, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

BOJA19-169-00002-12811-01_00161077

BORRADOR 1 MODIFICACIÓN BBRR 1.2_210826

Para cualquier consulta puedes ponerte en contacto con el departamento técnico de Asaja-Cádiz.