PERÍODO HÁBIL PARA LA MEDIA VEDA Y LA CAZA DE LA TÓRTOLA COMÚN: TEMPORADA 2020/2021

La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía ha publicado en el BOJA la Orden de 28 de julio de 2020, por la que se modifica la Orden de 5 de julio de 2018, por la que se fijan las vedas y periodos hábiles de caza en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Esta nueva publicación lleva consigo una modificación puntual para establecer de manera definitiva el período hábil de caza durante la media veda y para la tórtola común.

Por todo ello, el período hábil de media veda para la presente temporada de caza 2020/2021 será el siguiente:

  • Codorniz, palomas (torcaz, zurita y bravía) y córvidos: desde el primer domingo del periodo comprendido entre el 18 de agosto y el 21 de septiembre. Según el Portal de la Caza y Pesca Continental de la Consejería: desde el 23 de agosto al 20 de septiembre (jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico).

 Zona costera de Cádiz (Algeciras, Tarifa, Medina Sidonia, Benalup-Casas Viejas, Barbate, Vejer de la Frontera, Conil de la Frontera, Chiclana de la Frontera, Puerto Real, El Puerto de Santa María, Rota, Chipiona, Sanlúcar de Barrameda y Trebujena): desde el primer domingo del periodo comprendido entre el 1 y el 21 de septiembre. Según el Portal de la Caza y Pesca Continental de la Consejería: desde el 6 al 20 de septiembre (todos los días semana).

  • Tórtola común: sólo se podrá cazar el último sábado y último domingo de agosto y el primer sábado y primer domingo de septiembre, es decir, los días 29 – 30 de agosto y 5 – 6 de septiembre. Su caza sólo se podrá desarrollar en el horario comprendido entre el orto y las 12.00 del mediodía. Cupo de 5 ejemplares por cazador y día.

Desde ASAJA Cádiz siempre apoyamos al sector cinegético por la enorme importancia que dispone como aprovechamiento imprescindible dentro las explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales de nuestra provincia. Desde un inicio hemos sido muy contrarios a la limitación impuesta sobre la tórtola común. Esta medida provocará que no se gestione de manera activa la especie, y por lo tanto, no exista un incentivo para llevar a cabo mejoras sobre el hábitat que, en mayor medida, favorecen a otras especies silvestres, muchas de ellas, vulnerables, protegidas y en peligro de extinción.

Creemos que no existe un declive poblacional de la tórtola común sino una modificación de sus rutas migratorias. Esto es debido a la modernización y el desarrollo de la actividad agrícola en el norte de África durante los últimos años. Con esta limitación, se está incentivando dicho cambio y perjudicando a muchas especies que se benefician directamente del trabajo, que con fondos propios, los cazadores hacen a favor de la tórtola.

Para más información, no dudes en contactar con el Departamento Cinegético de ASAJA Cádiz.

BOJA20-149-00002-8624-01_00175962 CAZA