CONDICIONES DE ADMISIBILIDAD DE LA AYUDA AL MANTENIMIENTO DE SISTEMAS TRADICIONALES DE GANADERÍA EXTENSIVA

Siguiendo instrucciones del Sr. Subdirector de Gestión y Control Integrado de Ayudas, en relación con la nueva Operación 10.1.13 Mantenimiento de Sistemas tradicionales de ganadería extensiva de Andalucía en rumiantes, y de conformidad con lo establecido en la modificación de 16 de abril de 2020 de la orden de 26 de mayo de 2015, en cuanto a las Condiciones de admisibilidad:

«En los casos de aquellos recintos por los que se solicita la ayuda que no estén vinculados a un código de explotación ganadera en REGA, a los que se trasladen animales para el aprovechamiento temporal de pastos o rastrojeras, los solicitantes deberán disponer de la correspondiente autorización excepcional de traslado, de acuerdo con las Instrucciones de 21 de mayo de 2013 de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera sobre el movimiento de animales con destino a trashumancia o el  aprovechamiento temporal de pastos y rastrojeras y de 30 de abril de 2019, que complementa la anterior, que deberá incluir en todo caso, la relación de recintos SIGPAC presentados por el titular de los animales, conforme al Anexo XII. La citada autorización será comprobada de oficio por la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, sin perjuicio, de que pueda ser requerida en cualquier momento al interesado.»

A efectos prácticos las Autorizaciones excepcionales de traslado (Anexo XII) deben ser comunicados por cada ganadero en su OCA, donde se graban en la aplicación SIAMES una vez firmadas por el Director de la OCA (o Delegado Territorial en su caso).

Es por ello que no tienen validez las copias sin firmar de los Anexos XII subidos a GPI (SGA), ya que la consulta y el cruce para ver si los recintos están inscritos en el REGA (SIGGAN), o están dentro de una autorización excepcional de traslado firmada por la persona competente, se hará sobre las autorizaciones grabadas en SIAMES.

Todos los Anexos XII deben tramitarse en las OCA correspondiente conforme las Instrucciones que figuran en la normativa anteriormente mencionada.

2020.04.16_BOJA20_076_00009_4612_01__00172021

Para cualquier consulta no dudes en contactar con el Departamento Técnico de ASAJA Cádiz