INSTRUCCIONES PARA LA TRAMITACIÓN DE LAS COMUNICACIONES DE INICIO ASOCIADAS A LAS AYUDAS FORESTALES

La Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía ha publicado la Resolución por la que se modifica la resolución de 11 de mayo de 2020 por la que se establece la forma en la que se habrá de realizar la comunicación de inicio de ejecución de actividades contenidas en la orden de 30 de julio de 2019 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para incrementar el valor medioambiental de los ecosistemas forestales en el ámbito de la comunidad autónoma de Andalucía en el marco del programa de desarrollo rural de Andalucía 2014-2020.

En dicha modificación se expone cómo tramitar la comunicación para el inicio de los trabajos contemplados dentro de la convocatoria de ayudas forestales para todos aquellos solicitantes que, con independencia a la publicación de la resolución final de ésta, quieran empezar a ejecutar las actuaciones solicitadas. Por todo ello, las indicaciones son las siguientes:

  • La ejecución de actuaciones con medios propios conllevará siempre comunicación de inicio.
  • Para la ejecución de actuaciones mediante otros medios solo será necesaria la comunicación de inicio en el caso de operaciones de desbroces, podas (de resalveo, formación y sanitarias), aportación de fertilizantes y aplicación de enmiendas cálcicas.
  • La comunicación se realizará con una antelación mínima de 5 días hábiles previos al día de comienzo de las actuaciones.
  • El solicitante, a los efectos de lo establecido en el fundamento de derecho quinto de la resolución de 11 de mayo de 2020, deberá disponer de pruebas documentales (albaranes, facturas, embalajes de productos…), incluidas fotos geolocalizadas y fechadas para cada superficie de actuación, que permitan la visualización y la comprobación suficiente de que no se han iniciado las citadas actuaciones.
  • Sin perjuicio de que puedan realizarse por las unidades de control visitas in situ a las operaciones comunicadas, será necesario que se reserven custodiadas por el beneficiario las citadas pruebas al objeto de que puedan ser requeridas por las unidades de gestión y control de la ayuda, en cualquier fase del procedimiento.
  • La no presentación de las pruebas documentales a requerimiento de las unidades administrativas competentes, o una deficiente justificación de las presentadas conllevará el decaimiento de la actuación de que se trate.
  • La comunicación deberá presentarse mediante los medios telemáticos habilitados al efecto para esta convocatoria e implementando el formulario establecido denominado “Comunicación de Inicio de Actuaciones”.»

Desde ASAJA Cádiz hemos sido muy reivindicativos y críticos antes, durante y tras la publicación de esta convocatoria de ayudas. En esta fase y de manera reiterada, hemos mostrado nuestro desacuerdo ante la tardanza que está llevando la resolución, tanto de estas ayudas, como las de incendios forestales convocadas en el año 2018. Aunque nos han trasmitido desde la Dirección General que, la publicación de los listados finales se aproxima, seguiremos insistiendo para que dicho proceso se agilice en beneficio de todos nuestros asociados que han sido solicitantes de estas ayudas.

2020.12.03_RESOLUCION MODIFICACION COMUNICACION DE INICIO

Para más información, no dudes en contactar con el Departamento de Medio Ambiente de ASAJA Cádiz.