MEDIDAS URGENTES DE APOYO AL SECTOR AGRÍCOLA Y GANADERO
Se ha publicado en BOE el Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria.
Dicho Real Decreto recoge en su artículo 9, en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con la finalidad de adaptar la cuantía del rendimiento neto determinado con arreglo al método de estimación objetiva a la realidad económica derivada de la actual situación de emergencia sanitaria, que se eleva el porcentaje de reducción al 20 por ciento (anteriormente era del cinco por ciento) a aplicar al rendimiento neto de módulos en la declaración del Impuesto correspondiente al ejercicio 2020.
También se establece que para flexibilizar el régimen de pymes y autónomos, se elimina la vinculación obligatoria que durante tres años se establece legalmente para la renuncia al método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido. En concreto, se establece que la renuncia a la aplicación del método de estimación objetiva para el ejercicio 2021, no impedirá volver a determinar con arreglo a dicho método el rendimiento de la actividad económica en 2022.
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