REGISTRO SALARIAL Y PLAN DE IGUALDAD
Con fecha de efectos 14 de abril del presente, y conforme a lo dispuesto en el artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores, todas las empresas, sin excepción, están obligadas a llevar un REGISTRO SALARIAL en los siguientes términos:
“El empresario está obligado a llevar un registro con los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor”
A estos efectos, y para todos aquellos asociados que quieran contratar sus servicios, desde ASAJA Cádiz hemos suscrito un convenio de colaboración con empresa especializada a precios que consideramos competitivos.
Nº DE EMPLEADOS | PRECIO |
1 a 5 empleados | 80€ + IVA (Registro salarial) |
6 a 15 empleados | 180€ + IVA (Registro Salarial) |
16 a 49 empleado | 350€ + IVA (Registro Salarial) |
En cuanto a la obligación de redactar el denominado, PLAN DE IGUALDAD, que incluye el registro salarial,los plazos son los siguientes, en función del número de empleados de la empresa o grupo de empresas:
– Desde el pasado 7 de marzo de 2020, lo deben tener todas las empresas con más de 150 personas en plantilla.
– A partir del 7 de marzo de 2021, deberán tenerlo todas las empresas con más de 100 personas en plantilla.
– A partir del 7 de marzo de 2022, deberán tenerlo todas las empresas de 50 a 100 personas en plantilla.
Nº DE EMPLEADOS | PRECIO |
50 o más empleados | Plan de Igualdad ( Se presupuesta aparte, ya que de pende de múltiples factores) |
Para más información y contratación no dudes en contactar con el Departamento Jurídico/Laboral de ASAJA Cádiz.