CONVOCATORIA DE AYUDAS A LAS EXPLOTACIONES DE TITULARIDAD COMPARTIDA

Se ha publicado en BOE el Extracto del Real Decreto 819/2021, de 28 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de subvenciones a las explotaciones agrarias de titularidad compartida, y se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2021.

Se trata de subvenciones de concesión directa, ya que no hay parámetros comparativos ni prelación entre los potenciales beneficiarios.

El objetivo de las subvenciones es complementar las reducciones en la cotización a la Seguridad Social disponibles actualmente para la pareja del titular de la explotación que se incorpore a la actividad agraria, así como incentivar nuevas inscripciones de explotaciones agrarias de titularidad compartida, y la afiliación y permanencia en el sistema de la Seguridad Social de los cónyuges o parejas de los titulares de las mismas.

Los destinatarios de la subvención son aquellas explotaciones agrarias que se encuentren inscritas en situación de alta en el Registro de explotaciones agrarias de titularidad compartida (RETICOM, gestionado por MAPA) con un mes de antelación a la fecha en que se publique del extracto de la convocatoria.

Las obligaciones que deben cumplir los beneficiarios de la subvención son las siguientes:

  • Que la explotación de titularidad compartida permanezca en situación de alta en el Registro de explotaciones de titularidad compartida (RETICOM) durante el plazo de cinco años a partir de la fecha de publicación de la resolución definitiva en la que se concedan las ayudas.
  • Que las personas titulares de la explotación anotada en el Registro de explotaciones agrarias de titularidad compartida permanezcan en situación de alta en el régimen de la Seguridad Social al que estén acogidos, durante el plazo de cinco años a partir de la fecha de publicación de la resolución definitiva en la que se concedan las ayudas.

El importe asignado a estas ayudas en la convocatoria de 2021 es de 1.000.000 €, con cargo a los presupuestos del MAPA.

La cuantía máxima anual que se podrá otorgar a cada entidad beneficiaria no podrá superar los 1.500 € en cada ejercicio.

No es necesario presentar una solicitud, ya que ésta se entiende realizada por el mero hecho de que la explotación se encuentre anotada en el RETICOM con un mes de antelación a la publicación del extracto de la convocatoria. No obstante, se deberán presentar diversos formularios. Estos formularios se encuentran disponibles en la sede electrónica del MAPA y se deben firmar y presentar de forma telemática.

El plazo para presentar los anexos comprende desde el 5 de octubre hasta 19 de octubre de 2021, inclusive.

BOE-A-2021-15773 RD Ayudas Titularidad Compartida

BOE-B-2021-40832 Extracto Ayudas Titularidad Compartida

Para más información, no dudes en contactar con el Departamento de Ayudas de ASAJA Cádiz.