AYUDAS A LA GANADERÍA COMO CONSECUENCIA DE LA GUERRA EN UCRANIA

El pasado 30 de marzo de 2022, se publicó en BOE el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

En dicho Real Decreto-ley se establecía que se pondría en marcha una línea de ayudas directas con objeto de compensar los efectos en los precios y los mercados en determinados sectores agrarios como consecuencia de la invasión rusa de Ucrania.

En el día de ayer se ha publicado en BOE, el Real Decreto 428/2022, que establece las bases reguladores de las ayudas anteriormente mencionadas. En dicho Real Decreto se establecen plazos, importes, límite máximo de ayudas, etc.

Los sectores que se van a poder acoger a las ayudas serán los productores de vacuno de carne (tanto vacas nodrizas como terneros de engorde), ovino y caprino de carne, avicultura de carne (solo pollos de engorde), conejos y cítricos.

Los requisitos para poder percibir estas ayudas son los siguientes, por sectores:

  • Vacuno de carne y ovino y caprino:
    • Haber presentado solicitud de ayudas de la PAC en el año 2022.
    • Ser titular a fecha de presentación de la PAC 2022 de una explotación inscrita en REG (esto cambia respecto a la propuesta anterior, que establecía como fecha para ser titular, el 1 de enero de 2022).
    • Haber solicitado y contar con animales para percibir las ayudas asociadas a las vacas nodrizas, vacuno de cebo, ovino o caprino.
    • En caso de ovino y caprino, tener como mínimo 30 ovejas o 10 cabras.
    • En el caso del vacuno de cebo, tener como mínimo 3 terneros.
    • Haber cobrado el Pago Verde de la campaña 2021. Para aquellos que no puedan percibir el Pago Verde, por no disponer de derechos, se entiende que cumplen con esta condición, si han sido beneficiarios de alguna ayuda sujeta a condicionalidad, siempre que no hayan sido penalizados. En caso de no cumplir lo anterior, haber percibido algún cobro de ayudas del PDR. Si no se cumplen ninguna de las anteriores, se deberá presentar una declaración responsable en el plazo máximo de 10 días hábiles desde la publicación de este Real Decreto, por la que el solicitante se comprometa a realizar en su explotación alguna actividad relacionada con al menos uno de los siguientes objetivos: economía circular, gestión de nutrientes, uso eficiente de los recursos, o producción respetuosa con el medioambiente y el clima.
  • Avícola de carne:
    • Ser titular a fecha 1 de enero de 2022 de una explotación inscrita en REGA del tipo “Producción y reproducción” clasificada como producción de carne con un número de plazas superior a 250, que albergue pollos broiler y que hayan presentado la declaración censal obligatoria en el año 2022.
    • Se deberá presentar una declaración responsable en el plazo máximo de 10 días hábiles desde la publicación de este Real Decreto, por la que el solicitante se comprometa a realizar en su explotación alguna actividad relacionada con al menos uno de los siguientes objetivos: economía circular, gestión de nutrientes, uso eficiente de los recursos, o producción respetuosa con el medioambiente y el clima.
  • Cunícola:
    • Ser titular a fecha 1 de enero de 2022 de una explotación inscrita en REGA del tipo “Producción y reproducción” clasificada como “producción de gazapos para carne” con un número de plazas superior a 50 reproductoras, y que hayan presentado la declaración censal obligatoria en el año 2022.
    • Se deberá presentar una declaración responsable en el plazo máximo de 10 días hábiles desde la publicación de este Real Decreto, por la que el solicitante se comprometa a realizar en su explotación alguna actividad relacionada con al menos uno de los siguientes objetivos: economía circular, gestión de nutrientes, uso eficiente de los recursos, o producción respetuosa con el medioambiente y el clima.
  • Cítricos:
    • Haber presentado solicitud de ayudas de la PAC en el año 2022 o estar inscritos en REGEPA a fecha 31 de mayo de 2022.
    • Haber cobrado el Pago Verde de la campaña 2021. Para aquellos que no puedan percibir el Pago Verde, por no disponer de derechos, se entiende que cumplen con esta condición, si han sido beneficiarios de alguna ayuda sujeta a condicionalidad, siempre que no hayan sido penalizados. En caso de no cumplir lo anterior, haber percibido algún cobro de ayudas del PDR. Si no se cumplen ninguna de las anteriores, se deberá presentar una declaración responsable en el plazo máximo de 10 días hábiles desde la publicación de este Real Decreto, por la que el solicitante se comprometa a realizar en su explotación alguna actividad relacionada con al menos uno de los siguientes objetivos: economía circular, gestión de nutrientes, uso eficiente de los recursos, o producción respetuosa con el medioambiente y el clima..
    • Contar con una superficie superior a 0,5 ha.

Los animales subvencionables en el caso del sector vacuno, ovino y caprino, serán los determinados para el cobro de la ayuda asociada en la campaña 2021, y como máximo los siguientes:

  • 125 vacas nodrizas incluido el porcentaje de novillas.
  • 520 terneros de engorde.
  • 800 ovejas o cabras.

Para los cítricos el número máximo de hectáreas subvencionables es 30.

En cuando a las cuantías máximas se han modificado, tras la comunicación por parte de las Comunidades Autónomas de los animales y superficie potencialmente subvencionables y son las siguientes:

  • Vaca nodriza: 60 €
  • Ternero: 12 € (antes era 15 €)
  • Oveja y cabra: 5 € (antes era 7€)
  • Avicultura de carne: 600 – 4.800 € dependiendo de las plazas.
  • Conejos: 2.580 – 5.160 € dependiendo de las plazas.
  • Cítricos:
    • 5 primeras ha: 300 €/ha
    • A partir de 5 ha hasta 10 ha: 250 €/ha
    • A partir de 10 ha hasta 30 ha: 190 €/ha

El Real Decreto establece que estos máximos de aplican de manera independiente para cada beneficiario, salvo en el caso de ovejas y cabras que le máximo por beneficiario se aplica teniendo en cuenta la suma de ambos.

En cuanto a la solicitud, se entenderá realizada con la presentación de la PAC en el año 2022. Para los productores de cítricos que no hagan PAC, pero tengan la explotación inscrita en REGEPA a fecha 31 de mayo de 2022, la solicitud de ayuda se entenderá realizada con base a la última declaración de datos de dichos productores al REGEPA. Para los productores de los sectores avícola y cunícola, la solicitud de ayuda se entenderá realizada con base a la última declaración censal de dichos productores al REGA. Como se ha comentado con anterioridad, para aquellos titulares que no hayan cobrado Pago Verde en 2021 (o alguna otra ayuda sujeta a condicionalidad si no se disponen de derechos) o, en su defecto, alguna ayuda del PDR, se deberá presentar en el plazo máximo de 10 días hábiles desde la publicación de este Real Decreto, una declaración responsable de que se realiza alguna actividad en la explotación en beneficio para el Medio Ambiente (conforme al Anexo del Real Decreto).

El procedimiento de resolución y pago debe ser eficiente ya que estas ayudas deben estar pagadas antes del 30 de septiembre de 2022.

El presupuesto disponible para estas ayudas es de 193.470.759 €, que se repartirá de la siguiente forma:

  • Vaca nodriza: 97.700.000 €
  • Vacuno de cebo: 12.300.000 €
  • Ovino y caprino: 31.700.000 €
  • Avicultura de carne: 10.000.000 €
  • Cunicultura: 3.000.000 €
  • Cítricos: 38.700.000 €

BOE-A-2022-9379

Cartel Ayudas Ganadería_Def

Para cualquier consulta, no dudes en contactar con el Departamento de Ayudas/PAC de ASAJA Cádiz.