NUEVA RESOLUCIÓN DE EMERGENCIA SANITARIA DEL JABALÍ Y CERDO ASILVESTRADO. TEMPORADA DE CAZA 2022/2023

Se ha publicado en BOJA la Resolución de 20 de mayo de 2022, conjunta de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera y la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos, por la que se declara el área de emergencia cinegética temporal por daños y riesgos sanitarios de jabalí y cerdo asilvestrado, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Dicha Resolución viene a coger el testigo de la anterior que perdió vigencia el pasado 31 de mayo y los aspectos a destacar son las siguientes:

  • Vigencia hasta la finalización de la presente temporada de caza 2022/2023 (a partir del 2 de junio de 2022 hasta el 31 mayo de 2023).
  • Se le da continuidad a la declaración de área de emergencia cinegética temporal para la totalidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Con la entrada en vigor de la resolución siguen suspendidas todas las repoblaciones de jabalíes en cotos de caza de Andalucía. De manera excepcional y previa solicitud, se podrán estudiar casos concretos en aras de permitirlas.
  • Para mejorar la eficacia del disparo y seguridad de las personas, se podrá emplear con carácter excepcional, visor convencional/óptico de aumentos y dispositivos de iluminación de blancos o de visión nocturna pero, desprovistos de sistemas de puntería y sin estar acoplados al arma.
  • En cotos de caza mayor y la modalidad de aguardo (diurno y nocturno) y rececho se podrá realizar desde el 1 de agosto hasta el 30 de marzo y en zonas agrícolas y ganaderas en su interior o colindantes, durante toda la temporada en la modalidad de aguardo.
  • En cotos de caza menor con aprovechamiento secundario de mayor se podrán realizar aguardos desde el 1 de agosto al 30 de marzo y desde el 1 de agosto al 1 de marzo en la modalidad de rececho.
  • En cotos de caza menor el medio permitido es el capturadero y se podrán autorizar recechos y aguardos bajo previa solicitud y siempre que dichos capturaderos estén activos y cebados. Será posible la solicitud de una batida de gestión si se justifica su necesidad y llevando a cabo las debidas medidas de control previas.
  • Para terrenos no cinegéticos, igualmente, el medio permitido será el capturadero y en el caso que estos no hayan sido efectivos, se podrá solicitar la autorización excepcional de recechos, aguardos y batidas.
  • Para cotos de caza mayor y de menor con aprovechamiento secundario de mayor, se podrán celebrar, una vez finalizado el período hábil y hasta el 15 de marzo, una batida de gestión o hucheo pero, sin posibilidad de cazar simultáneamente otras especies. Será preciso formular la correspondiente solicitud a la Delegación Territorial con una antelación mínima de 15 días a la jornada de caza. Se permitirá excepcionalmente, el empleo de sustancias olorosas atrayentes no contaminantes o nocivos, así como alimentación vegetal en un punto hasta 3 días antes a la celebración del aguardo.

Igualmente, los aguardos y recechos que se realicen fuera del período hábil del jabalí deberán comunicarse como hasta ahora y aportando un plano con la localización aproximada de los puestos por motivos de seguridad. Igualmente, si en los Planes Técnicos de Caza no se contemplan modalidades como la batida de gestión, aguardos, caza en mano (hucheos) o recechos, no será necesario solicitar su inclusión en los mismos a través de una modificación pero, deberán ser comunicadas y autorizadas.

  • Las personas o entidades titulares de los terrenos deberán enviar a la Delegación Territorial un informe a la finalización de la temporada de caza mayor en el que consten por trimestres las capturas obtenidas de dicha resolución de emergencia según modalidad o medios de captura autorizados. Dicho informe deberá presentarse con toda la información anexo a la memoria anual de actividades cinegéticas.

MUY IMPORTANTE: para poder acogerse a las medidas recogidas en esta resolución autorizadas fuera del período hábil del jabalí, las personas o entidades titulares de los cotos de caza, así como los propietarios de los terrenos no cinegéticos deberán presentar los resultados de las capturas de las actividades de control de la resolución anterior y correspondiente a la temporada 2021/2022 con anterioridad al próximo 15 de junio.

Desde ASAJA Cádiz llevamos varias temporadas incidiendo a la Consejería sobre la necesidad de elaborar una Resolución de Emergencia que permita agilizar procedimientos administrativos y facilitar las labores de control.

En nuestra provincia tenemos un grave problema con el cerdo asilvestrado, ya que es una especie exótica invasora que incide negativamente tanto en la agricultura, como en la ganadería, además de originar perjuicios en infraestructuras y poner en peligro a fauna silvestre y cinegética. Por todo ello, estamos a disposición de todos nuestros asociados desde el Departamento de Medio Ambiente/Cinegético para que podáis comunicar o solicitar todas aquellas autorizaciones que sean pertinentes para llevar a cabo de la manera más eficiente los controles.

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Para más información, no dudes en contactar con el Departamento de Medio Ambiente/Cinegético de ASAJA Cádiz.