NUEVAS MEDIDAS “AGROAMBIENTALES” PAC 2023-2027

Hoy se ha publicado en BOJA la Orden de 28 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones correspondientes a la intervención sobre el desarrollo rural relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas (6613) correspondiente al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027.

Las operaciones que se vienen pidiendo de forma anual con la medida 13 del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 (PDR) conocidas comúnmente como M13 referentes a los Pagos compensatorios por hectáreas de SAU en zonas montañosa, con limitaciones naturales y con limitaciones específicas solicitadas en las campañas PAC desde 2015 hasta la pasada campaña 2022 , hay que volver a solicitarlas anualmente en el período de solicitud de ayudas de la PAC que comenzó el 1 de marzo para este nuevo periodo PAC 2023-27. No se aprecian cambios sustanciales respecto al periodo anterior.

Para este nuevo periodo las operaciones subvenciones dentro de la Intervención 6613 son las siguientes:

Intervención 6613. Ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, serán objeto de ayuda las siguientes operaciones:

6613.1. Pagos compensatorios por zonas de montaña

6613.2. Pagos compensatorios por otras zonas con limitaciones naturales significativas

6613.3. Pagos compensatorios por otras zonas con limitaciones específicas

A continuación, te detallamos los requisitos, criterios de subvencionalidad y cuantía de las ayudas de las operaciones nombradas.

Requisitos de los beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas, bien a título individual o como miembros de una sociedad cooperativa andaluza de explotación comunitaria de la tierra o de trabajo asociado calificada como agraria, o como titularidad compartida, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser agricultor activo.
  • Ser titular de una explotación agraria sobre la que solicita la ayuda. Las parcelas agrícolas de hectáreas subvencionables deben estar a disposición del beneficiario antes del fin de plazo de modificación de la solicitud de ayudas.
  • Que la explotación agraria por la que solicita la ayuda esté inscrita en el registro de explotaciones agrarias y forestales de Andalucía que se establezca el efecto. (REAFA)
  • Qué reúnan los criterios de subvencionabilidad.

Criterios de subvencionabilidad.

  • Ser agricultor no pluriactivo.
  • La explotación debe encontrarse, total o parcialmente, en una zona con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas
  • En caso de que exista superficie forrajera, es necesario cumplir con una carga ganadera mínima de al menos, 0,2 UGM/ha en la superficie ubicada en las zonas de montaña, o de otras zonas con limitaciones naturales significativas, o de zonas con limitaciones específicas, que deberá ser pastoreada.

Cuantía de las ayudas.

  • Se mantienen los importes del periodo anterior.

 

Operación Importe euros/ha
6613.1 Pagos compensatorios por zonas montañosas 93
6613.2 Pagos compensatorios por otras zonas con limitaciones naturales significativas 54
6613.3 Pagos compensatorios por otras zonas con limitaciones específicas 128

 

  • El pago será decreciente por intervalos de superficie para todas las explotaciones de acuerdo con el coeficiente reductor de la siguiente tabla de degresividad.

 

Superficie indemnizable por explotación (ha) Coeficiente reductor de degresividad
Hasta 15 1
15-20 0,8
20-25 0,6
Mayor de 25 0

 

  • No se realizará pago alguno por debajo de 100 euros de ayuda por explotación y operación.

 

Finalmente cabe destacar que no hay cambios en el listado de municipios susceptibles de ayuda para cada operación con respecto al periodo anterior.

No dudes en contactar con el Departamento Técnico de ASAJA Cádiz para más información.