SEGURO DE EXPLOTACIONES DE CULTIVOS HERBACEOS EXTENSIVOS
Se ha publicado en el BOE, la Orden por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones de cultivos herbáceos extensivos, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
Se aseguran las distintas variedades de arroz, cereales de invierno, cereales de primavera, leguminosas grano y oleaginosas cultivadas en parcelas de secano y regadío, cuyo destino sea exclusivamente la obtención de grano o de semilla certificada.
Cubre los riesgos de pedrisco, incendio, riesgos excepcionales, no nascencia, no implantación y resto de adversidades climáticas.
El agricultor que suscriba este seguro deberá asegurar la totalidad de las producciones del mismo tipo que tenga en su explotación dentro del ámbito de aplicación. El ámbito de aplicación para el seguro principal corresponde a las parcelas cultivadas de herbáceos extensivos situadas en el territorio nacional y, para el seguro complementario, las parcelas de secano que hayan sido incluidas en el seguro principal en los módulos 1 y 2 que, en el momento de su contratación, tengan unas esperanzas reales de producción superiores a las declaradas inicialmente en dicho seguro principal.
Los periodos de suscripción serán los siguientes:
MODULOS 1 Y 2 EN SECANO
Colza y camelina se inicia el 1 de septiembre y finalizará el 31 de octubre de 2023.
Cereales de invierno, leguminosas y resto de oleaginosas (girasol y cártamo), se inicia el 1 de septiembre y finalizará el 30 de noviembre de 2023.
MODULOS 1 Y 2 EN RIEGO
Cereales de invierno, leguminosos y oleaginosos, se inicia el 1 de septiembre y finalizará el 30 de noviembre de 2023.
Cereales de primavera y arroz se inicia el 1 de marzo de 2024 y finalizará el 31 de julio de 2024.
MODULO P
Para todos los cultivos el periodo de suscripción se inicia el 1 de marzo de 2024 y finalizará el 30 de mayo de 2024.
Se aplicará una bonificación del 5% en la prima del seguro principal de los Módulos 1 ó 2 en secano, a los asegurados que hayan contratado cualquiera de los Módulos 1 ó 2 de secano en la campaña anterior, que será de aplicación exclusivamente cuando se realice de forma temprana, antes del 31 de octubre de 2023, excepto la colza y la camelia que sería hasta el 30 de septiembre de 2023.
Te recordamos que al contratar el seguro en ASAJA Cádiz contará, de manera gratuita, con el servicio de seguimiento del cultivo desde la nacencia hasta la recolección, así como el acompañamiento de un técnico en caso de siniestro, durante la peritación.
Para cualquier consulta, así como pedir presupuesto sin compromiso, no dudes en contactar con el Departamento de Seguros de ASAJA Cádiz.