NORMATIVA

Al igual que en campañas anteriores se utilizarán exclusivamente los insecticidas y fungicidas inscritos en el Registro de Productos Fitosanitarios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación:

[Registro de Productos Fitosanitarios] – Agricultura – magrama.gob.es (mapa.gob.es)

A través de este enlace podemos descargarnos la ficha técnica del producto fitosanitario deseado, donde se especifica:

  • Número de registro.
  • Nombre comercial.
  • Fecha de inscripción.
  • Fecha de caducidad (debe poseer una fecha posterior a la utilización del producto) Composición. (Materia activa en %).

Usos autorizados:

  • Cultivo/Especie: debe poner arroz.
  • Plaga/Efecto: plaga, enfermedad, etc. a controlar.
  • Dosis: en L/ha, Kg/ha, %, etc.
  • P.S. (Plazo de seguridad): tiempo legalmente establecido, expresado usualmente en números de días, que debe transcurrir entre la última aplicación de un fitosanitario y la cosecha.
  • Condicionamientos fisioterapéuticos: condiciones de uso.

Desde la Orden de 4 abril de 2023 (BOJA nº 74), (Anexo 1) por la que se regula la autorización de las sustancias activas de uso fitosanitario en Producción Integrada de Andalucía y se modifican los reglamentos específicos de producción integral y se autoriza el uso en Producción Integrada de Andalucía de todos los productos fitosanitarios inscritos en el Registro de Productos Fitosanitarios, adscrito a la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria del Ministerio competente en materia de agricultura, con las condiciones de utilización autorizadas en el citado registro, a excepción de aquellas sustancias activas para los cultivos y con las restricciones de uso adicionales que se detallan en el anexo de la presente orden.

Para la correcta aplicación de los tratamientos fitosanitarios se tendrán en cuenta las condiciones meteorológicas (temperatura, viento, iluminación, etc.).

La aplicación de medidas directas de control de plagas sólo se efectuará cuando los niveles poblacionales o las condiciones ambientales superen los umbrales y/o los criterios mínimos de intervención.

Reglamento PI Arroz (Anexo 2)

ANEXO 2

Para cualquier consulta puedes ponerte en contacto con el técnico de Producción Integrada de ASAJA Cádiz.