MATERIAS ACTIVAS Y AUTORIZACIONES EXCEPCIONALES

El uso de materias activas está limitado y restringido solo a aquellas materias activas autorizadas para P.I. en arroz.

Las materias activas que se pueden aplicar en el arroz deben estar inscritas en el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios y autorizadas en Producción Integrada de arroz. Hay que tener en cuenta las restricciones reflejadas en las autorizaciones excepcionales a la hora de realizar cualquier tratamiento.

Hay que prestar especial atención a las novedades de la normativa, respecto al uso de fungicidas en semillas para la Producción Integrada de Arroz.

Como hemos dicho en el punto anterior, se utilizarán exclusivamente los herbicidas, insecticidas y fungicidas inscritos en el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios. Hay que tener en cuenta las autorizaciones excepcionales a la hora de realizar cualquier tratamiento.

En estos momentos la autorización excepcional vigente es la materia activa Benzobicyclon 40% para tratamientos herbicidas en el cultivo de arroz.

MODIF A.E_BENZOBICYCLON_HERB_ARROZ_And  ANEXO 4

También en la  RESOLUCIÓN DE 19 DE JULIO DE 2024 POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE AUTORIZACIÓN EXCEPCIONAL DE 8 DE JULIO DE 2024 PARA LA APLICACIÓN POR MEDIOS AÉREOS DE LOS PRODUCTOS FITOSANITARIOS dan autorización excepcional para utilizar  formulados a base de  AZOXISTROBIN 20% DIFENOCONAZOL 12,5% en tratamientos contra Piricularia en arroz. (ANEXO 5 )

Para cualquier consulta puedes ponerte en contacto con el técnico de Producción Integrada de ASAJA Cádiz.