FLEXIBILIDADES PAC 25, 26 Y 27
Hoy se ha publicado en BOJA la Resolución por la que se establece el régimen de flexibilidades adoptado por la Comunidad Autónoma de Andalucía en relación con las ayudas ecorregímenes para las campañas 2025, 2026 y 2027.
Por fin, las continuas reivindicaciones que hemos estado haciendo desde ASAJA Cádiz y ASAJA Andalucía han visto su fruto, no solo para esta campaña 2025, también para lo que resta de este periodo PAC (2026 y 2027).
FLEXIBILIDADES APROBADAS
En el caso de la ayuda de Ecorregimen de Pastoreo Extensivo, debido a la repercusión provocada en las explotaciones ganaderas extensivas por la sequía continuada se reduce la carga ganadera mínima en la práctica de pastoreo extensivo, pasando de 0,4UGM/Ha. a 0,2 UGM/Ha. en todos los pastos húmedos y de 0,2 UGM/Ha. a 0,1 UGM/Ha. en todos los pastos mediterráneos. Asimismo, en el caso de que los pastos estén ubicados en parques naturales u otro tipo de espacios protegidos, la carga ganadera exigida se adaptará a dichos valores anteriores.
Esta reducción solo es aplicable para cumplir con el ecorregimen, no así, por ejemplo, para los ganaderos en ecológico, los cuales tienen que cumplir con una carga ganadera mínima de 0,3 UGM/Ha. para percibir la totalidad de la ayuda.
En el caso de la ayuda de Ecorregimen de Cubiertas Vegetales o Inertes en cultivos leñosos dos flexibilidades:
1.- En cultivos leñosos en regadío, se permitirá anualmente realizar labores superficiales de tipo vertical a partir del mes de abril y hasta el mes de septiembre, ambos inclusive, en aquellos recintos SIGPAC con una pendiente media inferior al 20%. Dicha labor no supondrá la modificación de la estructura del suelo, manteniendo la obligación de que el suelo no permanezca desnudo.
2.- Se permitirá la aplicación de fitosanitarios sobre las cubiertas vegetales espontáneas y sembradas o sobre cubiertas inertes en aquellos casos en los que la autoridad competente en materia de Sanidad Vegetal los determine por razón de la prevención, control o erradicación de plagas. Asimismo, se podrá permitir, si se declara la existencia de una plaga sobre los restos de poda, la retirada o enterrado de los restos de poda en las cubiertas inertes.
En el caso de la ayuda de Ecorregimen de Espacios de Biodiversidad también dos flexibilidades:
1.- Se permite la aplicación fitosanitarios sobre las superficies de espacios de biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos permanentes en aquellos casos en la que la autoridad competente en materia de Sanidad Vegetal así lo determine por razón de la prevención, control o erradicación de plagas.
2.- Así mismo, en los espacios de biodiversidad en cultivos bajo agua la autoridad competente en materia de sanidad vegetal podrá determinar condiciones específicas en el manejo de la lámina de agua por razón de la prevención, control o erradicación de plagas.
Puedes consultar el documento completo:
https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2025/15/BOJA25-015-00004-719-01_00314329.pdf
Para más información, no dudes en contactar con los Servicios técnicos de ASAJA Cádiz.