DEVOLUCIÓN GASOIL AGRÍCOLA
A partir del próximo 1 de abril, estará abierto el plazo para presentar la solicitud de devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos (gasoil agrícola).
Pueden presentar esta solicitud aquellos agricultores y ganaderos que hayan tenido derecho a la utilización de gasóleo bonificado para uso agrícola. Dicho gasóleo debe haber sido empleado como carburante en la agricultura, incluida la horticultura, ganadería y silvicultura, y que, además, en relación con estas actividades, hayan estado inscritos durante este periodo en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
Los consumos que dan derecho a la devolución son los realizados en:
- Motores de tractores y maquinaria agrícola autorizados o no para circular por vías y terrenos públicos, empleados en la agricultura, incluida la horticultura, ganadería y silvicultura.
- Motores de los aparatos y artefactos empleados en igual destino.
El importe a devolver será igual al resultado de aplicar la cuantía de 63,71 euros por 1.000 litros, sobre una base constituida por el volumen de gasóleo efectivamente empleado en la agricultura, incluida la horticultura, ganadería, y silvicultura durante el periodo indicado, expresado en miles de litros.
Se considerará solicitada la ayuda con la presentación de la solicitud de devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo empleado en la agricultura y la ganadería conforme a lo establecido en la Orden EHA/993/2010, de 21 de abril, a partir del 1 de abril de 2025.
https://www.boe.es/eli/es/o/2010/04/21/eha993/con
Para solicitar esta ayuda ponte en contacto con María José.