COMUNICACIONES DE CESIONES DE DERECHOS DE PAGO BÁSICO

El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente ha editado una Circular, sin valor jurídico, de fecha 12 de enero de 2018 mediante la cual aclara con detalle los distintos tipos y características de las cesiones de derechos de pago básico, (DPB) los requisitos a cumplir y las comunicaciones a realizar, con efecto en la Solicitud Única 2018.

La Circular recoge hasta un total de 16 tipos distintos de cesiones de DPB, según los distintas casos que se pueden dar, mediante venta o arrendamientos, con cesión de tierras o sin ellas y, en todo caso establece el «Peaje» a pagar a la Reserva Nacional.

Entre los casos se recogen las cesiones de DPB en lo referente a las  herencias, jubilaciones, cambios en el régimen jurídico de empresas, fusiones o escisiones de empresas, etc. Igualmente se recoge la información sobre las cesiones de derechos activados en el régimen simplificado para pequeños agricultores.

Por último la circular advierte de que los DPB no son un derecho de crédito, por lo que su venta o arrendamiento es una operación sujeta al IVA, salvo que estos sean cedidos (vendidos o arrendados) con tierras, en cuyo caso están exentos del IVA y tributan en base a su carácter accesorio siguiendo el mismo tratamiento fiscal que las ventas o arrendamientos de tierra, quedando gravados por el Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales (ITP).

Para aclarar cualquier cuestión sobre las cesiones de derechos de pago básico, no dudes en ponerte en contacto con el Departamento de Ayudas de Asaja Cádiz.

PAGO BÁSICO CIRCULAR_1-2018_GESTION_COMUNICACIONES_CESIONES_DERECHOS