MEDIDAS EXCEPCIONALES ANTE LA SEQUÍA

En el día de hoy, se ha publicado en BOJA, la Resolución 2 de marzo de 2022, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se adoptan medidas excepcionales con relación al cumplimiento de determinados requisitos de las ayudas de la Política Agrícola Común (PAC), ante la situación catastrófica provocada por la sequía.

Esta Resolución responde a las reiteradas peticiones que hemos trasladado desde las Organizaciones Agrarias, para que aquellos beneficiarios que como consecuencia de la sequía no puedan cumplir sus compromisos, no tengan penalizaciones.

Las medidas publicadas son las siguientes:

  1. En relación a la obligatoriedad de llevar a cabo una diversificación de cultivos para el cobro del Pago Verde, que consiste en tener al menos tres cultivos cuando la explotación tiene más de 30 ha, esto no se tendrá que realizar cuando el cultivo principal no suponga más del 75%, es decir, será suficiente con dos cultivos siempre que ninguno de ellos suponga más del 75%.
  2. Se permite que en los barbechos declarados como SIE en la PAC (Superficie de Interés Ecológico) se haga un aprovechamiento agrícola y ganadero, es decir, se permite el pastoreo, así como la siega.
  3. En relación a la ayuda asociada al ovino y caprino, no se va a exigir el alcanzar un umbral mínimo de 0,6 corderos/cabritos por hembra elegible, siempre que lo hayan alcanzado en alguna de las tres campañas anteriores.
  4. En cuanto a la medida agroambiental para la remolacha y algodón (10.1.5), para todos los que hayan sembrado leguminosa en esta campaña, se permite el enterrado como abonado en verde sin que la leguminosa haya llegado a floración, siempre que haya permanecido en el terreno como mínimo hasta el 28 de febrero.

BOJA22-045-00003-3574-01_00256885 Medidas Excepcionales

Para cualquier consulta, no dudes en contactar con el Departamento de Ayudas/PAC de ASAJA Cádiz.