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EXCEPCIONALIDAD COMPROMISO INUNDACIÓN AYUDA AGROAMBIENTAL ARROZ

Se ha publicado en BOJA Resolución de 27 de octubre de 2022, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que, con carácter excepcional para la Campaña 2022, se disponen exenciones y reducciones de penalizaciones por incumplimiento de los compromisos establecidos en el Anexo I, apartado C.bis, puntos 2 y 3, de la Orden de 26 de mayo de 2015, modificada por la Orden de 28 de abril de 2022, a los agricultores que se encuentren en las circunstancias que se citan.

Durante esta campaña pasada (PAC 2022) se publicó una nueva convocatoria de la ayuda agroambiental correspondiente a la API de arroz (operación 10.1.8.2. Aves en arrozales). Dentro de esta nueva convocatoria se establecían los siguientes compromisos:

  1. Participar en un sistema de seguimiento técnico y verificación de los compromisos agroambientales, acreditado a través de una entidad de certificación en Producción Integrada reconocida para tal fin.
  2. Inundar en mosaico hasta el 15 de diciembre al menos 1/3 de la superficie comprometida. En las explotaciones de 30 o menos hectáreas, este compromiso se podrá realizar en un año sobre la totalidad de la superficie comprometida o en varios siempre que se alcance la totalidad de la superficie.
  3. Nivelar anualmente con láser la superficie comprometida.
  4. Emplear unas dosis de semilla de al menos 150 kg/ha en las variedades índicas, 180 kg/ha en japónicas y 30 kg/ha en híbridas o clearfield, para contribuir a la alimentación de la avifauna.

Este año, debido a la sequía, la superficie sembrada de arroz ha sido muy inferior a la de un año con precipitaciones normales. Por ello, conseguimos que se publicara en la Orden  de bases reguladoras la posibilidad de marcar cultivos válidos no elegibles, para que los solicitantes tuvierais la posibilidad de adquirir compromisos por toda la superficie que se siembre en un año normal, solicitando la activación de los compromisos a través de estos cultivos válidos no elegibles. Además, y también debido a la situación de sequía conseguimos una excepcionalidad para que pudieran entrar como beneficiarios de esta ayuda, todos los arroceros, aunque este año no tuvieran superficie sembrada de arroz.

Esta situación de sequía no ha mejorado, por ello, desde ASAJA Cádiz hemos estado insistiendo en la necesidad de modificar el compromiso referente a la inundación. Finalmente, la Resolución publicada contempla las siguientes excepcionalidades para la ayuda agroambiental del cultivo del arroz (operación 10.1.8.2. Aves en arrozales), para los agricultores cuya explotación se encuentre situada en la capa tradicional del cultivo del arroz y que hayan presentado la solicitud de ayuda en la campaña 2022:

  1. No se impondrán penalizaciones a aquellos agricultores con una superficie comprometida mayor a 30 hectáreas, y que por motivos de la sequía, no puedan inundar en mosaico hasta el 15 de diciembre al menos 1/3 de la superficie comprometida, siempre que haya inundado la totalidad de la superficie sembrada de arroz aunque esta no represente al menos 1/3 de la superficie comprometida. No obstante, en el caso de que no se inunde la totalidad de la superficie sembrada de arroz, se aplicará la penalización correspondiente a la diferencia entre la superficie sembrada y la inundada siempre que la superficie inundada no alcance 1/3 de la superficie comprometida.
  2. No se impondrán penalizaciones a aquellos agricultores que por motivos de la sequía, no puedan nivelar con láser la superficie comprometida, siempre y cuando se haya nivelado con láser, al menos, la superficie sembrada de arroz. No obstante, en el caso de que el agricultor no nivele la totalidad de la superficie sembrada, se le aplicará la penalización correspondiente a la diferencia entre la superficie sembrada y la nivelada.

Adicionalmente, el plazo para comunicar la decisión de llevar a cabo la inundación invernal que estaba previsto que finalizara el 31 de octubre se ha ampliado hasta el próximo jueves, 10 de noviembre. Esta comunicación la debe realizar la entidad que tramita las Ayudas de la PAC, a través del módulo de SIAMES habilitado a tal efecto.

BOJA22-211-00004-17209-01_00270472

Acuerdo ampliar plazo decisión de inundar art 22.4.bis(F)

Para más información, puedes ponerte en contacto con el Departamento de Ayudas/PAC de ASAJA Cádiz.