CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2024 DE SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

Estimado asociado,  el pasado 4 de junio de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, BOJA, número 107,  Resolución y extracto  de 24 de mayo de 2024, por la que se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones a microempresas, pequeñas y medianas empresas, para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con sujeción a las bases reguladoras establecidas en la Orden de 12 de mayo de 2021.

OBJETO:

Ayudar a las PYME para la realización de actividades y proyectos de mejora en materia prevención de riesgos laborales, que incluyan inversiones en equipos y maquinaria, así́ como los gastos de asistencia técnica prestada por entidades especializadas en prevención de riesgos laborales estrictamente necesarias para la realización de los mismos y que contribuyan con la reducción de la siniestralidad y con la mejora de las condiciones de seguridad y salud en los centros de trabajo de Andalucía.

BENEFICIARIOS:

Las PYME que, cumpliendo con los requisitos establecidos en las mismas bases reguladoras, desarrollen alguna de las actividades económicas incluidas en las secciones y divisiones que a continuación se especifican, según la clasificación nacional de actividades económicas (CNAE 2009).  Respecto a nuestro sector específico se encuentran contemplados  los siguientes CNAE:

Sección A. Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca

  1. Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas.
  2. Silvicultura y explotación forestal.

Asimismo, entre otros requisitos, se debe acreditar que:

Durante los doce meses anteriores al 4 de junio de 2024, (fecha de inicio de plazo de presentación. de solicitudes), el número medio anual de trabajadores/as empleadas en situación de alta en el código de cuenta de cotización del centro de trabajo destinatario de la actividad es igual o superior a uno.

Que el  código de cuenta de cotización asociado al centro de trabajo se encuentra dado de alta en alguna de las actividades económicas destinatarias de la convocatoria.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES

Línea 1. Subvenciones para el fomento de las inversiones en prevención de riesgos laborales.

Ayudas de  1.500  hasta 15.000 euros (75%).

-Inversiones para la sustitución de maquinaria existente en el centro de trabajo.

-Inversiones para la adaptación de equipos de trabajo y maquinaria.

– Inversiones para adquisición e instalación de equipos de emergencia, salvamento y socorro, incluidos desfibriladores externos automatizados.

-Inversiones para la adaptación de puestos de trabajo para personas trabajadoras sensibles a determinados riesgos, mujeres embarazadas o en período de lactancia.

– Inversiones para adaptaciones de índole ergonómica y/o psicosocial.

– Inversiones en equipos para reducir los riesgos derivados de la manipulación manual de cargas.

-Inversiones para la instalación de dispositivos de anclaje, equipos para trabajos en superficies frágiles y sistemas de prevención colectivas para el trabajo en altura.

-Inversiones en sistemas inteligentes de control activo de protección.

-Inversiones en instalaciones específicas para el control de contaminantes de naturaleza química, física y/o biológica, y/o adaptación y renovación de equipos o maquinaria para la prevención de enfermedades profesionales.

Línea 2. Subvenciones a PYME para el fomento de actividades de mejora de la integración de la prevención de riesgos laborales.

Ayudas de 1.200 a 12.000 Euros (75%).

-Gastos de implantación por primera vez en la empresa de una modalidad preventiva que incluya recursos propios especializados en PRL.

-Gastos de formación especializada preventiva que facilite la designación y el desarrollo de sus competencias a la titularidad de la empresa, al personal designado, a las Delegadas y Delegados de Prevención, así como a las personas integrantes de equipos de emergencia, adicional o complementaria a la legalmente exigible.

-Gastos en el diseño, implantación y certificación por primera vez en la empresa de Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud Laboral.

-Gastos para la realización de diagnósticos preventivos en la empresa sobre riesgos emergentes, u otros riesgos que hayan sido causas de daños para la salud en la plantilla de la empresa.

-Gastos para la realización de auditorías de PRL no exigidas reglamentariamente.

-Gastos para la realización de inspecciones de seguridad que no sean obligatorias reglamentariamente.

-Gastos para el desarrollo de planes de formación específica para trabajadoras, adicional o complementaria a la legalmente exigible.

-Gastos de desarrollo de planes de formación específica para las personas trabajadoras con especial sensibilidad.

-Gastos para la realización de estudios ergonómicos y/o psicosociales.

-Gastos para proyectos de implantación o mejora de los sistemas de movilidad segura y elaboración de planes de seguridad vial laboral.

-Gastos en proyectos I+D+i para la mejora de las condiciones de trabajo y en PRL.

PLAZO DE SOLICTUD

Del 4/06/2024 al 4/07/2024, ambos incluidos.

SOLICTUDES Y LUGAR DE PRESENTACIÓN

Las solicitudes, se ajustarán al modelo que figura como Anexo I y se dirigirán a la persona titular de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la provincia en la que radique el centro de trabajo destinatario del proyecto o actividad a subvencionar.

Dichas solicitudes de subvención y, en su caso, demás documentación se presentará preferentemente en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a la que se podrá acceder desde la siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios:

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24614.html

No serán admitidas a trámite las solicitudes presentadas fuera de los Registros Electrónicos a los que hace referencia el  artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015 (solicitudes en papel).

Cada persona o entidad solicitante solo podrá presentar una solicitud acogida a una sola de las líneas. En caso de presentar más de una solicitud durante el plazo de presentación de solicitudes establecido, la última solicitud que tenga entrada en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía dentro del plazo de presentación de solicitudes anulará a las anteriores, y será esta última la que se tendrá en cuenta a efectos de su tramitación en la convocatoria.

NORMATIVA

  • Orden de 12 de mayo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a microempresas, pequeñas y medianas empresas, para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de concurrencia competitiva.

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/93/BOJA21-093-00039-8316-01_00192192.pdf

  • Resolución de 24 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se convocan para el año 2024 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas, para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con sujeción a las bases reguladoras establecidas en la Orden de 12 de mayo de 2021.

https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2024/107/BOJA24-107-00033-45836-01_00302786.pdf

  • Extracto de la Resolución de 24 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se convocan para el año 2024 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas, para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con sujeción a las bases reguladoras establecidas en la Orden de 12 de mayo de 2021.

https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2024/107/BOJA24-107-00004-45837-01_00302787.pdf