NUEVA CONVOCATORIA AYUDAS MODERNIZACIÓN (SÓLO MAQUINARIA)

En el día de hoy se han publicado en el BOJA, tanto la convocatoria como las bases reguladoras de las  Ayudas de Modernización para el apoyo a inversiones en explotaciones agrarias (operación 4.1.1) y en explotaciones agrarias de olivar (operación 4.1.2), que hemos estado demandando desde ASAJA Cádiz y presionando para su publicación.

Esta convocatoria aún corresponde al Programa de Desarrollo Rural del periodo anterior 2014/2022, al existir dotación presupuestaria aún sin agotar.

Dentro de los 100 millones de euros, 50 van para la convocatoria general de apoyo a inversiones en explotaciones agrarias (operación 4.1.1) y 50 van para explotaciones específicas de olivar (operación 4.1.2).

Como novedades respecto a las convocatorias anteriores, es que en esta sólo se contemplan  inversiones en maquinarias dirigidas a modernizar y/o mejorar el rendimiento económico de las explotaciones agrarias ubicadas en Andalucía, o que contribuyan al uso más eficiente de la energía, para las que exista un coste de referencia en el Anexo V de la orden de convocatoria. No considerándose inversión subvencionable, a modo de ejemplo, las nuevas plantaciones de cultivos permanente.

Así mismo como novedad y ante la obligatoriedad de Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía de tener justificado el gasto a más tardar en diciembre del 2025, la inversión tiene que realizarla el agricultor en el periodo de 5 meses tras la resolución estimatoria de la ayuda.

Las inversiones máximas auxiliable por explotación será de:

  • 150.000 € para la convocatoria general (operación 4.1.1), aumentándose hasta 350.000€ para inversiones dirigidas a explotación de vacuno de leche o en el caso de inversiones colectivas promovidas por agrupaciones de agricultores en el sector del ovino de carne.
  • 120.000 € para la convocatoria específica de olivar (operación 4.1.2)

El porcentaje máximo subvencionable con carácter general será del 50% de la inversión subvencionable, porcentaje que podrá incrementarse en un 20% adicional, sin que en ningún caso se supere el 90%, en los  casos como:

Jóvenes Agricultores o zonas de montaña, zonas distintas de las de montaña con limitaciones naturales significativas u otras zonas con limitaciones específicas.

Ahora junto con la solicitud se exige la presentación de toda la documentación acreditativa de los criterios de valoración.

El plazo de presentación de solicitudes es de 30 días hábiles, a partir de mañana 25 de julio, considerándose agosto inhábil, es decir;  hasta el 4 de octubre del 2024.

Las bases reguladoras constan de un texto que contiene las disposiciones comunes a las dos líneas así como dos cuadro-resumen con las disposiciones específicas. Cada una de las actuaciones recogidas en los diferentes cuadros será objeto de una convocatoria diferenciada.

El procedimiento de concesión, al igual que en anteriores convocatorias, se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, conforme a unos criterios de valoración que se establecen en cada una de las líneas.

El plazo máximo para resolver será de 6 meses a partir del día siguiente de la presentación de solicitud y el presupuesto se dará a conocer con la convocatoria. Y el plazo para realizar la inversión como hemos dicho con anterioridad, y una vez publicada la resolución estimatoria, es de 5 meses.

Se adjunta inversiones subvencionables (Anexo V) con sus precios de referencia. El gasto máximo por inversión subvencionable en función de cada inversión vendrá determinado por estos costes de referencia que se relacionan en el Anexo V.

Costes de referencias de las inversiones permitidas en la convocatoria 2024

https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2024/143/BOJA24-143-00273-48494-01_00305442.pdf

Ponte en contacto con el Departamento Técnico de ASAJA Cádiz para tramitar tu solicitud de ayuda o consultar cualquier duda al respecto.