NUEVA MODIFICACIÓN EN LA NORMA ADICIONAL ANDALUZA PARA EL PAGO ESPECÍFICO AL CULTIVO DEL ALGODÓN
Hoy se ha publicado en BOJA la “Orden de 28 de marzo de 2025, por la que se modifica la Orden de 9 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo en Andalucía, incluidas en la intervención sectorial del sector vitivinícola español (2024-2027), y se modifica la Orden de 29 de abril de 2024, por la que se establecen normas adicionales relativas a la intervención del pago específico al cultivo del algodón en Andalucía en el periodo 2023-2027.”
En la presente Orden, se establece la siguiente modificación del apartado 2 del artículo 3 de la Orden de 29 de abril de 2024, por la que se establecen normas adicionales relativas a la intervención del pago específico al cultivo del algodón en Andalucía en el periodo 2023-2027 y que queda redactada textualmente:
“2. La superficie de algodón cultivada por una cooperativa de trabajo asociado, una cooperativa de explotación comunitaria de la tierra, una comunidad de bienes, una sociedad civil o una explotación agraria de titularidad compartida, se dividirá por el número de personas socias y/o comuneras a los efectos del cálculo de la superficie a partir de la cual es obligatorio rotar.”
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín.
A modo de ejemplo:
Una Sociedad Civil o Comunidad de Bienes que siembre 27 has. de algodón en la campaña 2025, y que tenga 3 socios/comuneros, podrá no rotar y volver a sembrar 27 has. de algodón en la campaña 2026, ya que a nivel de comunero no se han sembrado más de 10 has. de algodón.
No dudes en consultar cualquier duda al respecto con el Departamento Técnico de ASAJA Cádiz.
Puede consultar el documento completo:
https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2025/68/BOJA25-068-00005-4997-01_00318599.pdf