CONVOCATORIA AYUDAS PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIEGOS LABORALES

El pasado 2 de julio se ha publicado en el BOJA número 125 de misma fecha la Resolución de 26 de junio de 2019, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se convocan para el año 2019 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el desarrollo de proyectos de Prevención de Riesgos Laborales, con sujeción a las Bases Reguladoras establecida en la Orden  de 13 de junio de 2018 de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía.

  • Modalidades y proyectos subvencionables. (Páginas 1 y 2 Cuadro Resumen Bases Reguladoras):

-Modalidad 1 (M1): Actividades y proyectos que contemplen inversiones dirigidas a la incorporación de medidas especificadas en la planificación preventiva de la empresa.

-Modalidad 2 (M2): Actividades y proyectos que contribuyan a la mejora de la integración de la prevención de riesgos laborales en la empresa y/o al cumplimiento más eficaz de la normativa de prevención, así como proyectos innovadores y/o de desarrollo de buenas prácticas preventivas que contribuyan de forma significativa a la mejora de la seguridad y la salud laboral en los centros de trabajo.

  • Tendrán la consideración de proyectos prioritarios, entre otros, los siguientes:

Proyectos de incorporación de dispositivos de prevención del vuelco de maquinaria o de estructuras de prevención contra el vuelco de maquinaria.

Proyectos de implantación de medidas colectivas para la protección del riesgo de caídas en altura para trabajos en superficies frágiles, incluidos invernaderos permanentes.

  • Se convocan en régimen de concurrencia competitiva.
  • El plazo máximo para resolver la concesión es de 6 meses.
  • El porcentaje máximo subvención es del 75%: De 1.500 € a 15.000 € para M1 (Inversiones) y de 1.200 € a 12.000 € para M2 (Actividades y proyectos para mejorar la integración, el cumplimiento normativo o proyectos innovadores y de buenas prácticas).
  • La solicitud de subvención y demás documentación se presentará exclusivamente en el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, según lo dispuesto en el apartado 10.c) del Cuadro Resumen, a través de la dirección electrónica https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/ procedimientos/detalle/523/datos-basicos.html, disponible en la página web de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. No serán admitidas a trámite las solicitudes presentadas fuera del Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía (en papel).
  • Sólo será posible una solicitud por entidad y convocatoria.
  • Los plazos máximos de ejecución son de 9 meses para M1 y 12 meses para M2.
  • El primer pago del 75% se realizará tras la firma de la resolución de concesión y el segundo pago, del 25% restante, tras la justificación.
  • El plazo de presentación de solicitudes es de 1 mes desde la entrada en vigor de la  Resolución de convocatoria. Por tanto, el plazo de presentación  acaba el día 2 de agosto de 2019.
  • En la Resolución de convocatoria se han determinado los sectores económicos beneficiarios, (en general basado en sus índices de incidencia por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en 2019), estando entre ellos el sector agrícola, ganadero y el de la silvicultura.

Adjuntamos, a continuación, los siguientes enlaces:

Resolución de Convocatoria con formularios

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2019/125/BOJA19-125-00026-9981-01_00158299.pdf

Orden de Bases Reguladora de estas ayudas

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2018/116/BOJA18-116-00021-10439-01_00137771.pdf

Si tienes cualquier consulta puedes ponerte en contacto con el Departamento Laboral de Asaja-Cádiz.