MATRICULACIÓN Y CAMBIO DE TITULARIDAD EN VEHÍCULOS AGRÍCOLAS

En el BOE número 93, del 3 de abril del 2020, se ha publicado la Orden INT/317/2020, en materia de matriculación y cambio de titularidad en determinados vehículos.

Debido al Estado de Alarma, en las Jefaturas y Oficinas Locales de la Jefatura Central de Tráfico, ha quedado temporalmente suspendida la atención al público. Esta medida ha tenido repercusión en las tramitaciones de las matriculaciones y cambios de titularidad de vehículos.

En este contexto actual de emergencia sanitaria, resulta esencial no impedir la puesta en circulación de aquellos vehículos que sean necesarios para garantizar el adecuado funcionamiento de operaciones de transporte de mercancías, o asegurar el necesario abastecimiento de productos a la población.

Para los cambios de titularidad de los vehículos, así como para las matriculaciones ordinarias que requieran una tramitación no telemática, los solicitantes podrán, de forma excepcional, suscribir una declaración responsable. Por lo tanto, los agricultores y ganaderos podrán circular con vehículos no matriculados siempre y cuando vayan acompañados de una declaración responsable. En esta declaración se comprometen a la inscripción del vehículo o a la tramitación del cambio de titularidad en un plazo máximo de 1 mes desde que finalice el Estado de Alarma.

El modelo de declaración responsable puedes encontrarla en el BOE adjunto a esta noticia.

BOE-A-2020-4260

Si tienes alguna cuestión, puedes ponerte en contacto con el Departamento Técnico de ASAJA Cádiz.