AYUDA PARA MANTENIMIENTO DE SISTEMAS TRADICIONALES DE GANADERÍA EXTENSIVA DE ANDALUCÍA EN RUMIANTES
En el día de hoy, 22 de abril de 2020, se ha publicado en BOJA, la Orden de 16 de abril de 2020 por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la Ayuda de Mantenimiento de sistemas tradicionales de ganadería extensiva de Andalucía en rumiantes (Medida 10.1.13).
Condiciones para poder acceder a la ayuda:
- Ser titular de animales elegibles inscritos en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía (REGA). Se consideran animales elegibles a los ovinos y caprinos mayores de 12 meses y a los bovinos mayores de 24 meses, inscritos a 1 de enero en el SIGGAN.
- Disponer de una superficie mínima admisible de 15 hectáreas. Se considera superficie admisible aquella destinada al aprovechamiento de los animales mediante pastoreo, incluyendo a los pastos permanentes registrados en SIGPAC con los siguientes usos: pastos (PS), pastos arbustivos (PR) y pastos con arbolado (PA). Además, podrán considerarse admisibles otras superficies agrícolas que sean aprovechables por el ganado: barbechos con cubierta vegetal, pastos de menos de cinco años y rastrojeras sobre cultivos de cereales, oleaginosas, proteaginosas y leguminosas.
En el caso de aprovechamiento de rastrojera y al tratarse de cultivos declarados en la solicitud única por otro titular, deberá existir una autorización del titular de los cultivos autorizando al beneficiario de esta ayuda a declarar la superficie como rastrojera.
- La carga ganadera de la explotación debe encontrarse entre 0,1 y 0,5 UGM/ha.
- Los recintos de las explotaciones ganaderas, por los que se solicite la ayuda, deberán estar inscritos en el (REGA) a fecha de finalización del plazo de solicitud, excepto aquellos recintos a los que se trasladen animales para el aprovechamiento temporal de pastos o rastrojeras.
- Los animales deben estar registrados en el SIGGAN con las siguientes clasificaciones zootécnicas:
– Especies ovina y caprina: Reproducción para producción de carne; Reproducción para producción de leche; Reproducción mixta; Pasto temporal de trashumancia; y Pastos en Común.
– Especie bovina: Reproducción para carne; Reproducción leche y carne; Reproducción y cebo (mixta); Pastos, montes y fincas en común; Pastos temporales o excepcionales; Lidia Producción; Lidia Recrío; Reproducción carne y Reproducción Lidia; y Recría de Novillas.
- Se debe disponer de un censo mínimo de al menos 7,5 UGM de animales elegibles de las especies bovina, ovina y caprina a fecha 1 de enero del año de solicitud.
- Las explotaciones ganaderas deben estar adscritas a una Agrupación de Defensa Sanitaria Ganadera (ADSG) o contar con un veterinario de explotación encargado de asesorar e informar al titular de la explotación sobre las obligaciones y requisitos en materia de bioseguridad, higiene y bienestar animal. Esta ha sido una de las reivindicaciones de ASAJA Cádiz, ya que inicialmente en el borrador de estas bases reguladoras solo se contemplaba la pertenencia a una ADSG, y no todos los ganaderos están adscritos a una ADSG.
Compromisos que hay que mantener durante la duración de la ayuda:
- Realizar pastoreo en régimen extensivo en la superficie admisible durante el período de compromisos, con animales de las especies elegibles.
- Mantener durante el periodo de compromiso, una carga ganadera entre 0,1 y 0,5 UGM/ha, en la superficie de pastos asociados a la explotación. Se considerará la carga ganadera como media anual de la explotación y se tendrá en cuenta toda la superficie admisible declarada en la solicitud única, se haya solicitado o no la ayuda para ella, así como todas las explotaciones ganaderas de las que sea titular el solicitante.
- Asistir a una jornada de formación organizada por el IFAPA, relacionada con la ganadería extensiva. La jornada de formación debe realizarse a lo largo del periodo de compromisos.
Los compromisos deben mantenerse durante 5 años, que es el periodo de la ayuda.
Cuantía de la ayuda:
Esta ayuda, al igual que el resto de las ayudas agroambientales vinculadas a superficie, están sometidas a un porcentaje de degresividad del importe de la prima base.
El importe es de 50,70 €/ha (prima base) para las primeras 75 hectáreas. De las 75 a las 150 hectáreas la ayuda es del 60 % de la prima base, y todas las hectáreas que superen las 150 la ayuda es del 30% de la prima base.
El presupuesto de la ayuda es de 8 millones de euros por campaña, siendo el total del presupuesto para los 5 años de 40 millones de euros. En caso de que las solicitudes superen el importe presupuestado, la normativa contempla unos criterios de baremación para determinar a los beneficiarios.
En breve se publicará la convocatoria para este año. Esta ayuda se solicita dentro de la solicitud única de la PAC 2020.
Es prioritario estar bien asesorado a la hora de solicitar esta ayuda, ya que es fundamental tener la superficie necesaria para poder cumplir los requisitos de carga ganadera que obliga la presente normativa.
Orden 16 abril 2020 Bases Reguladoras 10.1.13
Para cualquier consulta puedes ponerte en contacto con el Departamento Técnico de ASAJA Cádiz.