MODIFICACIÓN DE BASES REGULADORAS DE AYUDAS A ENTIDADES LOCALES PARA LA MEJORA DE CAMINOS RURALES EN ANDALUCÍA

El 26 de junio, se publicó en BOJA, la Orden de 17 de junio de 2020, por la que se modifica la Orden de 15 de diciembre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a ayuda a Entidades Locales-Inversiones para la mejora de caminos rurales, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.3).

Ya anteriormente, mediante la Orden de 20 de julio de 2018 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a la disminución de la dependencia energética se modificó la citada Orden de 15 de diciembre de 2017.

Mediante esta modificación se incluyó la posibilidad de que las Entidades locales beneficiarias de estas ayudas solicitasen un anticipo del 50% de la subvención tras la adjudicación del contrato de obras. No obstante, en la actualidad, se ha visto necesario adelantar el momento en el que las Entidades beneficiarias puedan optar a este anticipo. Por ello, se introduce la posibilidad de concesión de un anticipo en el momento inmediatamente posterior a la resolución de concesión de la ayuda; en estos casos el importe del mismo se reducirá al 40% del importe de la subvención por la previsibilidad de bajas durante el proceso de licitación.

Las modificaciones previstas en la citada orden serán de aplicación a las convocatorias del año 2017 y siguientes de las subvenciones dirigidas a ayuda a Entidades Locales-Inversiones para la mejora de caminos rurales, en el Marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.

BOJA20-122-00003-6694-01_00174068 caminos rurales

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